Micelio
Auto7 de diciembre de 1995

A- de 1995

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Osorio Camilo Romero Maria Victoria·Demandado Personeria Distrital

Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó al Juzgado de la referencia poner en conocimiento la nulidad de todo lo actuado por ese despacho judicial desde la presentación de la demanda de tutela de la referencia, lo anterior por no notificar a una de las partes involucradas en el proceso.

En consecuencia, el citado Juzgado debe realizar la notificación respectiva por tratarse de un caso saneable cumpliendo con lo establecido en el Art. 145 del Código de Procedimiento Civil.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. ORDENAR al Juzgado Catorce (14) de Familia de Santafe de Bogota, poner en conocimiento la nulidad de todo lo actuado por ese despacho judicial, a partir de la presentacion de la demanda de tutela de la referencia. En consecuencia, el citado Juzgado debe notificar a la Personeria Distrital de Santafe de Bogota en cabeza del senor personero, la nulidad que contiene el presente proceso, por no habersele notificado su iniciacion. Ademas, se le advertira que si guarda silencio, la nulidad se entendera saneada.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria General, DEVOLVER el presente expediente al Juzgado Catorce (14) de Familia para el cumplimiento de lo ordenado en el anterior numeral.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.